Addthis IMFE

PPPNT. Declaración censal de baja y/o modificación en la Prestación Patrimonial de carácter Público no tributario por los servicios y actividades relacionadas con la recogida de residuos sólidos urbanos generados por la realización de actividades económicas.
(Anteriormente Tasa por la Recogida de Basura de Actividades Económicas)

Declaración censal de baja y/o modificación en la Prestación Patrimonial de carácter Público no tributario por los servicios y actividades relacionadas con la recogida de residuos sólidos urbanos generados por la realización de actividades económicas.

¿Quién lo puede solicitar?

Todas las personas físicas o jurídicas que estén de alta en la Prestación Patrimonial por recogida de basura de actividades económicas.

  • Fecha de solicitud: Las declaraciones de baja o modificación deben presentarse obligatoriamente en un plazo de UN MES a partir de:

    • Fecha en que se produzcan las modificaciones.

    • Fecha de cese en la actividad.
    • Se podrá declarar una fecha de baja o modificación retroactiva (anterior al plazo del mes concedido al efecto), siempre y cuando la declaración censal - modelo 036 - o la del Impuesto sobre Actividades Económicas, a aportar junto a este tipo de declaraciones, consten debidamente presentadas ante el Organismo competente (AEAT o Ayuntamiento, respectivamente) en el plazo de un mes desde que se produjo el cese o modificación. En estos casos se estará ante supuestos de declaraciones presentadas fuera de plazo, hecho que podrá ser objeto de una penalización de 100 euros.
    • En caso de fallecimiento de la persona titular del alta en la prestación, el plazo será de UN MES a partir de la fecha de fallecimiento. En este caso serán sus causahabientes quienes formularán la pertinente declaración de baja.
    • Las declaraciones de variación surtirán efecto en el ejercicio inmediato siguiente al de aquél en que se declaren.

    Documentación necesaria

    Bajas y modificaciones (procedimiento presencial):

    - Fotocopia del D.N.I. / C.I.F. del titular, así como del D.N.I. del representante en caso de personas jurídicas.

    - Copia de documento identificativo (DNI, NIF, tarjeta de residencia, permiso de conducción o pasaporte, vigentes) del representante y, en su caso, del autorizado.

    - Copia de declaración censal sellada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria o de declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas, según corresponda, donde se acredite la fecha de cese o variación.

    Bajas y modificaciones (procedimiento con certificado digital):

    - Copia de la declaración censal sellada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria o de declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas, según corresponda, donde se acredite la fecha de cese o variación en la actividad.

    Otros datos de interés

    - En el caso de baja por cese del ejercicio de la actividad, las cuotas serán prorrateables por trimestres naturales, incluido aquél en que se produzca dicho cese. A tal fin se podrá solicitar la devolución de la parte de la cuota correspondiente a los trimestres naturales en los que no se hubiere ejercido la actividad.

    - Las modificaciones surtirán efecto en el año natural siguiente a aquél en el que se declaren.

    - El art. 14.2. de la Ley 39/2015, recoge los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.

    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    gestrisam.malaga.eu

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Sólo para las personas físicas
  • Acudir a las oficinas de Gestión Tributaria, y presentar documentación junto con declaración de baja o modificación a través del modelo de Declaración Censal Municipal.

Procedimiento con certificado digital:

  • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
  • Acceda al trámite: PPPNT. Declaraciones (baja y modificaciones).
  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
  • Iniciar tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
  • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
  • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

Lugares de tramitación



Legislación aplicable:

  • Ordenanza reguladora

    Ordenanza Municipal reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario por los servicios y actividades relacionadas con la recogida de residuos sólidos urbanos generados por la realización de actividades económicas realizada por Limpieza de Málaga, SAM.