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IBI. Flexipago para el IBI Urbano, Rústico y Características especiales

Es una forma más flexible de pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles, escogiendo el contribuyente el número de cargos que prefiere de los ofrecidos en dicho Programa denominado Flexipago.

Este programa posibilita abonar en distintos plazos el pago de los Impuestos de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, Rústica y Características especiales (IBI), sin recargo ni intereses, mediante la domiciliación bancaria del mismo.

Se ofrecen las siguientes posibilidades de cargo en cuenta:

    Dos cargos: 5 de junio y 7 de octubre de 2024.
    Cuatro cargos: 5 de junio, 5 de agosto, 7 de octubre y 5 de diciembre de 2024.
    • Si ya tenía domiciliado los pagos y quiere seguir con cuatro cargos, no debe realizar ninguna gestión.

    Seis cargos: 5 de junio, 5 de julio, 5 de agosto, 7 de octubre, 5 de noviembre y 5 de diciembre de 2024.

Fuera de plazo

¿Quién lo puede solicitar?

Los sujetos pasivos del Impuesto de Bienes Inmuebles, Urbano, Rústico y Características especiales, tanto los que ya tengan domiciliados los pagos y quieran modificar el número de cargos, como aquellos que deseen incorporarse a esta nueva modalidad de pago.

  • Fecha de solicitud: Desde el 1 de enero hasta el 10 de mayo de 2024.
  • Plazo de resolución: Inmediato, siempre que se solicite en la fecha establecida. Los flexipagos que se realicen con posterioridad surtirán efecto para el periodo impositivo siguiente.

Documentación necesaria

Orden de domiciliación y flexipago debidamente cumplimentada y firmada por el titular de la cuenta corriente.

Otros datos de interés:

  • Las Entidades Financieras colaboradoras RECOMIENDAN la domiciliación bancaria de los recibos.

  • Ventajas de la domiciliación:
      - Podrá abonar sus tributos con toda comodidad. No tendrá que estar pendiente de los plazos de ingreso, ni de la recepción de la carta de pago en su domicilio, evitando daños al medio ambiente. Sus recibos serán atendidos puntualmente evitando así la aplicación de recargos de apremio e intereses de demora.
      - El cargo en cuenta se produce el último día del periodo de pago y además, para ciertos tributos, existen ventajas adicionales como el cargo en cuenta en cómodos plazos a lo largo del año o varios meses después de la finalización del periodo voluntario de pago.
      - En caso de disconformidad, tendrá 8 semanas para solicitar en su entidad financiera la devolución del recibo.
      - Es cómodo, evita desplazamientos y esperas innecesarias, fiable y gratuito.
  • Cuando transmita el bien sujeto domiciliado o anule la cuenta que instrumenta la domiciliación no olvide comunicarnos la variación producida.

    Recuerde
    Puede hacernos llegar la orden de domiciliación debidamente rellenada y firmada por el titular de la cuenta por cualquiera de los siguientes medios:

    • Por correo ordinario.
    • Por correo electrónico ( gestrisam@malaga.eu ).
    • Fax (951 92 65 12).
    • Presencialmente en las oficinas tramitadoras.

  • ¿Cómo realizar el trámite?

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Entregar la documentación requerida en las oficinas tramitadoras, en persona o por correo.
    • El flexipago tendrá efecto inmediato siempre que se presente en las fechas establecidas.
    • Los flexipagos que se realicen con posterioridad surtirán efecto para el periodo impositivo siguiente.
    • Contactar con el teléfono de Gestión Tributaria 951 92 92 92 o con el Teléfono de Información Municipal 010, donde se informará de los procedimientos y requisitos para tramitar la domiciliación.
    • Si lo desea, también puede realizar el flexipago y domiciliar sus recibos enviándonos el impreso debidamente cumplimentado y firmado por el titular de la cuenta al número de Fax: 951 92 65 12.
    • El flexipago tendrá efecto inmediato siempre que se presente en las fechas establecidas.
    • Los flexipagos que se realicen con posterioridad surtirán efecto para el periodo impositivo siguiente.

    Procedimiento sin certificado digital:

    • Puede enviar un correo electrónico al buzón gestrisam@malaga.eu adjuntado el impreso debidamente cumplimentado y firmado que puede obtener en el apartado Formulario/Impresos de nuestra web u obtenerlo directamente pinchando aquí.
    • El flexipago tendrá efecto inmediato siempre que se presente en las fechas establecidas.
    • Los flexipagos que se realicen con posterioridad surtirán efecto para el periodo impositivo siguiente.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
    • Acceda al trámite: IBI. Flexipago para el IBI Urbano y Rústico.
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

    Lugares de tramitación