TRIBUTOS. Creditos incobrables por ejecución hipotecaria
Instrucción para declarar fallido el deudor y, en su caso, incobrables los créditos a favor del Ayuntamiento de Málaga, respecto de aquellos afectados por la dación en pago de vivienda habitual objeto de un procedimiento de ejecución hipotecaria.
¿Quién lo puede solicitar?
Los titulares de bienes inmuebles inscritos en el Padrón del Bienes Inmuebles del Ayuntamiento de Málaga que hayan sido objeto de ejecución hipotecaria o dación en pago y que el mismo haya sido su vivienda habitual.
- Fecha de solicitud: desde el 8 de marzo de 2013.
Documentación necesaria
- La solicitud con los requisitos establecidos en la misma.
Para presentar la solicitud tan sólo basta con rellenar los formularios diseñados al efecto.
Usted puede presentar o enviar su solicitud por las siguientes vias:
- Presencial en las oficinas de Atención al Ciudadano de Gestión Tributaria (Av. Sor Teresa Prat, 17).
- Por Fax al número 951.92.65.14. Rellenando y remitiendo el formulario que puede obtener pulsando aquí.
- Por correo ordinario a la dirección de Gestión Tributaria adjuntando el formulario que puede obtener pulsando aquí.
- Oficinas Municipales de Atención a la ciudadanía (OMAC) pulsar aquí.
Otros datos de interés
Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
www.gestrisam.malaga.eu
¿Cómo realizar el trámite?
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Entregar la documentación requerida en las oficinas tramitadoras en persona o por correo.
- Si lo desea, también puede remitirnos su formulario vía fax al número 951926514
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
- Acceda al trámite: Créditos incobrables por ejecucuión hipotecaria.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Lugares de tramitación
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Málaga Centro)
CALLE LA MERCED,
1
(DISTRITO CENTRO)
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Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Ciudad Jardín)
CALLE ALCALDE NICOLÁS MAROTO,
18
(DISTRITO CIUDAD JARDIN )
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Palma-Palmilla)
CALLE DOCTOR GÁLVEZ MOLL,
11
(DISTRITO PALMA-PALMILLA)
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Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Carretera de Cádiz)
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
15
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
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Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Campanillas)
CALLE RAMÍREZ ARCAS,
2
(DISTRITO CAMPANILLAS)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Bailén-Miraflores)
CALLE MARTÍNEZ MALDONADO,
58
(DISTRITO BAILEN-MIRAFLORES)
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Edificio Tabacalera - Módulo 1. O.A. Gestión Tributaria
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
17
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
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Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 2 - Málaga Este)
CALLE REAL,
18
(DISTRITO ESTE)
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Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Cruz de Humilladero)
CALLE CONDE DE GUADALHORCE,
15
(DISTRITO CRUZ DE HUMILLADERO)
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Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Churriana)
PLAZA DE LA INMACULADA,
11
(DISTRITO CHURRIANA)
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Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Puerto de la Torre)
CALLE VÍCTOR HUGO,
1
(DISTRITO PUERTO DE LA TORRE)
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Junta Municipal de Distrito 11 Teatinos-Universidad - OMAC
CALLE DIEGO LÓPEZ DE ZÚÑIGA,
12
(DISTRITO TEATINOS-UNIVERSIDAD)
Documentación
Legislación aplicable:
Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (L.G.T.)