ICIO. Bonificación por Obras de Especial Interés que generen empleo de carácter indefinido
Gozarán de una bonificación del 20% en la cuota del impuesto aquellas construcciones, instalaciones u obras que sean realizadas para la mejora, ampliación o construcción de inmuebles que íntegramente se destinen al desarrollo de actividades económicas que generen empleo de carácter indefinido. Para el disfrute de esta bonificación es necesario que el incremento de plantilla del contribuyente en términos absolutos del último periodo impositivo en relación con el anterior sea igual o superior al 20% y, en todo caso, igual o superior a tres trabajadores.. Si al menos un 33% de los empleados que han determinado el incremento de plantilla pertenecen a colectivos especialmente desprotegidos en materia de empleo, se elevará, en cada caso, cinco puntos el porcentaje de bonificación establecido en este apartado. IMPORTANTE: con efecto exclusivamente para los ejercicios 2022, 2023 y 2024, se ha incluido en la Ordenanza Fiscal una Disposición Adicional en virtud de la cual: 1) Se incrementa la bonificación a un 40 por 100. 2) Durante los ejercicios indicados no será necesario que el incremento de la plantilla de trabajadores contratados con carácter indefinido sea de al menos un 20 por 100 y al menos de tres trabajadores, sino tan solo de un trabajador.
¿Quién lo puede solicitar?
El dueño de la obra (persona que costea la obra), siempre que ésta sea declarada de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales histórico-artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración.
- Fecha de solicitud: La bonificación habrá de solicitarse dentro del año siguiente a contar desde el momento de la finalización de la construcción, instalación u obra.
Documentación necesaria
Al objeto de acreditar el incremento de plantilla con contrato indefinido, a la pertinente solicitud se adjuntará la documentación que a continuación se detalla:
- Memoria comprensiva de los contratos indefinidos suscritos dentro del plazo establecido para formular la correspondiente solicitud y referidos al centro de trabajo donde se desarrolle la construcción, instalación u obra objeto de esta bonificación. Del mismo modo, se incluirá en la memoria la relación de contratos indefinidos suscritos con empleados pertenecientes a colectivos especialmente desprotegidos en materia de empleo.
- Copia de los contratos indefinidos comprendidos en la antecitada memoria.
Otros datos de interés
Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
www.gestrisam.malaga.eu
¿Cómo realizar el trámite?
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Presentar la solicitud y documentación en las oficinas tramitadoras.
- Tras la tramitación interna de la solicitud se dará traslado al interesado sobre la resolución adoptada (concediendo o denegando la bonificación).
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
- Acceda al trámite: ICIO. Bonificación por obras de especial interés que generen empleo de carácter indefinido.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Lugares de tramitación
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Málaga Centro)
CALLE LA MERCED,
1
(DISTRITO CENTRO)
-
Junta Municipal de Distrito 3 Ciudad Jardín - OMAC
CALLE ALCALDE NICOLÁS MAROTO,
18
(DISTRITO CIUDAD JARDIN )
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Bailén-Miraflores)
CALLE MARTÍNEZ MALDONADO,
58
(DISTRITO BAILEN-MIRAFLORES)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Cruz de Humilladero)
CALLE CONDE DE GUADALHORCE,
15
(DISTRITO CRUZ DE HUMILLADERO)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Churriana)
PLAZA DE LA INMACULADA,
11
(DISTRITO CHURRIANA)
-
Edificio Tabacalera - Módulo 1. O.A. Gestión Tributaria
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
17
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 2 - Málaga Este)
CALLE REAL,
18
(DISTRITO ESTE)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Palma-Palmilla)
CALLE DOCTOR GÁLVEZ MOLL,
11
(DISTRITO PALMA-PALMILLA)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Carretera de Cádiz)
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
15
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Puerto de la Torre)
CALLE VÍCTOR HUGO,
1
(DISTRITO PUERTO DE LA TORRE)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Campanillas)
CALLE RAMÍREZ ARCAS,
2
(DISTRITO CAMPANILLAS)
Documentación
Legislación aplicable:
Ley 30/1992 de Procedimiento Administrativo Común