Uso de espacios en Alcazaba y Gibralfaro
Cesión de determinados espacios en la Alcazaba y Gibralfaro para la realización de eventos
¿Quién lo puede solicitar?
Cualquier ciudadano, empresa, asociación u organización. No obstante, únicamente serán autorizados los actos institucionales o no institucionales que tengan un contenido predominantemente cultural, que no afecten ni puedan poner en peligro la conservación de los monumentos, que tengan una calidad mínima, que no impidan el acceso a los visitantes en el horario público de visita, que contribuyan a la difusión del monumento que se pretende utilizar así como que su contenido guarde alguna conexión con el monumento, por razones culturales, históricas o artísticas.
- Fecha de solicitud: En cualquier momento
Documentación necesaria
- Solicitud.
- Declaración responsable del mantenimiento de la limpieza del monumento, seguridad del evento, capacidad de obrar, cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, respeto de las normas de uso del monumento.
- Seguro de responsabilidad civil que dé cobertura al evento (únicamente sería necesario en caso de uso de espacio)
Obligaciones económicas
Las previstas en la Ordenanza fiscal nº 7 del Ayuntamiento de Málaga, reguladora de la tasa por aprovechamiento especial de espacios de dominio público de los monumentos Alcazaba y Castillo de Gibralfaro.
Otros datos de interés
Teléfonos de información: 951926189 / 951926051
¿Cómo realizar el trámite?
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Cumplimentar y firmar la solicitud al efecto junto con las declaraciones responsables en un sobre cerrado que podrá entregarse en la Oficina de Registro General del Ayuntamiento de Málaga ubicada en la Avenida de Cervantes nº4. También se podrá presentar en cualquiera de las Oficinas Municipales de Atención Integral a la Ciudadanía (OMAC), así como, a través de cualquiera de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
- Acceda al trámite en la sede electrónica.
- Deberá rellenar la solicitud señalando el tipo de solicitud que se trata (uso de espacio, reportaje fotográfico o filmaciones), los datos del evento y señalar el cumplimiento de las declaraciones responsables así como aceptar el tratamiento de los datos de carácter persona en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Firmar electrónicamente el documento.
- Una vez presentada la solicitud, el interesado/a recibirá respuesta por parte de la Administración en Mi Carpeta.
Documentación
- Declaración Jurada y Responsable sobre mantenimiento de las condiciones de limpieza, la capacidad de obrar y la prevención de riesgos laborales y seguridad social (únicamente para uso de espacio). 65,92 KB
- Declaración responsable de seguridad (únicamente para uso de espacio). 621,70 KB
- Solicitud Filmaciones en Alcazaba y Gibralfaro 76,65 KB
- Solicitud Reportaje Fotográfico en Alcazaba y Gibralfaro 76,71 KB
- Solicitud uso de espacios Alcazaba y Gibralfaro 140,29 KB
Legislación aplicable:
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
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Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
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Normas de uso de los espacios Alcazaba y Castillo de Gibralfaro.
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Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.
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Decreto 109/2005, de 26 de abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
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Ordenanza fiscal nº 7 reguladora de la tasa por aprovechamiento especial de espacios de dominio público de los monumentos Alcazaba y Castillo de Gibralfaro.
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Ordenanza para la limpieza de espacios públicos y gestión integral de los residuos sólidos urbanos.
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Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.
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