Premios de Periodismo "Ciudad de Málaga"
Los Premios de Periodismo "Ciudad de Málaga" se organizan cada año por el Ayuntamiento de Málaga y la Asociación de la Prensa de Málaga con el objetivo de galardonar la trayectoria profesional de los profesionales del periodismo y el trabajo o los trabajos periodísticos que hayan contribuido a la promoción de la ciudad de Málaga en todos sus aspectos, publicados o difundidos en medios locales, regionales, nacionales o internacionales a lo largo del año anterior a su convocatoria. Los Premios de Periodismo ¿Ciudad de Málaga¿ constarán de tres modalidades, pudiéndose concurrir sólo a una de ellas: 1.- Modalidad trayectoria profesional 2.- Trabajos periodísticos tendentes a valorar el desarrollo de las líneas estratégicas del Plan Estratégico de Málaga 3.- Trabajos periodísticos tendentes a reforzar la proyección de Málaga
¿Quién lo puede solicitar?
Este premio está abierto a la participación de periodistas internacionales, nacionales, mayores de edad, excluidos los galardonados en anteriores ediciones. No podrán obtener la condición de beneficiarios de los premios las personas en quienes concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria aquellas personas que no se hallen al corriente en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Málaga, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria. Los beneficiarios están sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el art. 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Fecha de solicitud:Se abre anualmente con cada convocatoria que se celebra. Fecha de apertura de plazo: DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN EN BOP MÁLAGA. 29/10/2024. Fecha de finalización del plazo: 26/11/2024.
Documentación necesaria
Dependerá de cada una de las tres modalidades contempladas para estos Premios, siendo los documentos necesarios los siguientes: A) Solicitud de participación B) Trabajo C) Breve currículum de la persona candidata
Obligaciones económicas
Exclusión de la convocatoria de aquellos participantes que no se hallen al corriente en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Málaga, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
Silencio Administrativo
- Efecto: Desestimatorio
- Órgano de instrucción: La competencia para la instrucción de los Premios de Periodismo Ciudad de Málaga recae en la Coordinación General de Comunicación.
- Órgano de resolución: La competencia para resolver recae en el Alcalde-Presidente.
¿Cómo realizar el trámite?
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Una vez se abra el plazo de presentación de trabajos, se deberá cumplimentar la solicitud normalizada de participación en los Premios de Periodismo Ciudad de Málaga, acompañada de un sobre que contenga el trabajo en el formato y con el resto de documentación que indiquen las Bases.
- Personarse en alguna de las oficinas de tramitación y entregar la solicitud y la documentación adicional
- El Ayuntamiento tramitará su solicitud y la registrará en orden de entrada para posteriormente pueda ser valorada por el jurado
- El fallo del Jurado se hará público en la web del Ayuntamiento de Málaga, en el apartado de Notas de Prensa, señalando qué participantes han resultado premiados en cada una de las modalidades, salvo que haya/n quedado desierta/s. Además se notificará a los premiados.
- Los participantes premiados deberán entregar la documentación requerida para poder efectuar el pago. Será necesario aportar el documento de Aportación de Datos Bancarios de la Tesorería Municipal.
Procedimiento con certificado digital:
- Una vez se abra el plazo de presentación de trabajos, se podrá acceder al trámite ubicado en sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga para la participación en los Premios de Periodismo Ciudad de Málaga.
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
- Acceda al trámite en la sede electrónica.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
- El fallo del Jurado se hará público en la web del Ayuntamiento de Málaga, en el apartado de Notas de Prensa, señalando qué participantes han resultado premiados en cada una de las modalidades, salvo que haya/n quedado desierta/s.
- Los participantes premiados deberán entregar la documentación requerida para poder efectuar el pago. Será necesario aportar el documento de Aportación de Datos Bancarios de la Tesorería Municipal.
Lugares de tramitación
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Junta Municipal de Distrito 3 Ciudad Jardín - OMAC
CALLE ALCALDE NICOLÁS MAROTO,
18
(DISTRITO CIUDAD JARDIN )
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Junta Municipal de Distrito 1 Centro - OMAC
CALLE LA MERCED,
1
(DISTRITO CENTRO)
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Junta Municipal de Distrito 4 Bailén-Miraflores - OMAC
CALLE MARTÍNEZ MALDONADO,
58
(DISTRITO BAILEN-MIRAFLORES)
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Junta Municipal de Distrito 5 Palma-Palmilla - OMAC
CALLE DOCTOR GÁLVEZ MOLL,
11
(DISTRITO PALMA-PALMILLA)
-
Junta Municipal de Distrito 6 Cruz Del Humilladero - OMAC
CALLE CONDE DE GUADALHORCE,
15
(DISTRITO CRUZ DE HUMILLADERO)
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Junta Municipal de Distrito 7 Carretera de Cádiz - OMAC
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
15
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
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Junta Municipal de Distrito 8 Churriana - OMAC
PLAZA DE LA INMACULADA,
11
(DISTRITO CHURRIANA)
-
Junta Municipal de Distrito 9 Campanillas - OMAC
CALLE RAMÍREZ ARCAS,
2
(DISTRITO CAMPANILLAS)
-
Junta Municipal de Distrito 10 Puerto de la Torre - OMAC
CALLE VÍCTOR HUGO,
1
(DISTRITO PUERTO DE LA TORRE)
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Junta Municipal de Distrito 11 Teatinos-Universidad - OMAC
CALLE DIEGO LÓPEZ DE ZÚÑIGA,
12
(DISTRITO TEATINOS-UNIVERSIDAD)
-
Ayuntamiento de Málaga (Casa Consistorial)
AVENIDA DE CERVANTES,
4
(DISTRITO CENTRO)
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Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 7 - Carretera de Cádiz - 2)
CALLE DONOSO CORTÉS,
8
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 2 - Málaga Este)
CALLE REAL,
18
(DISTRITO ESTE)
-
Según art. 16.4 de la Ley 39/2015
En el registro electrónico de la Admon. u Organismo al que se dirijan, así como los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el art. 2.1.
En las oficinas de correos, en la forma que reglamentariamente se establece.
En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el Extranjero.
En las oficinas de asistencia en materia de registros.
En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Documentación
Legislación aplicable:
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las Bases de remiten a esta Ley.
Puede consultar la Ley aquíBases aprobadas anualmente por la Junta de Gobierno Local
Las Bases de remiten a esta Ley.
Puede consultar la Ley aquíLey Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
Las Bases y solicitud de participación informan del fin de los datos recabados en la misma.
Puede consultar la Ley aquíLey 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Puede consultar la Ley aquí