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Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Área de Deporte para Federaciones y clubes sin ánimo de lucro.

Estas subvenciones tienen por finalidad el apoyo a Federaciones Deportivas Andaluzas, entidades y clubes deportivos con el objeto de potenciar aquellos servicios de interés general para la colectividad que complementen las competencias que la Administración Local tiene en el ámbito del Área de Deporte.

Por otro lado, impulsa el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social en el ámbito material del deporte, que debe prestar el Ayuntamiento de Málaga dentro de sus competencias, en virtud de la delegación vigente conferida por la Ilustrísima Junta de Gobierno Local.

Fuera de plazo

¿Quién lo puede solicitar?

Podrán ser beneficiarios las Federaciones, clubes y entidades deportivas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Málaga, que desarrolle su actividad en el término municipal.

Así como lo establecido en la presente convocatoria para cada una de las líneas.

  • Fecha de solicitud:El plazo de presentación de las solicitudes-proyecto es:

    Líneas 1 a 4: 20 días naturales a contar a partir del día siguiente a su publicación en el BOP

  • Plazo de resolución:El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses desde la publicación de esta convocatoria en el boletín correspondiente.

  • Plazo de validez y recurso:La resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso conforme al artículo 123 de la Ley 39/2015, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier acción que estime conveniente.

Documentación necesaria

Conforme al artículo 10 de la Convocatoria General para la concesión de Subvenciones en Régimen de Concurrencia Competitiva del Área de Deporte para Federaciones, Clubes sin ánimo de lucro y Deportistas individuales con proyección internacional año 2024

Silencio Administrativo

  • Efecto: Desestimatorio
  • Órgano de instrucción: La competencia para la instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones/becas del Área de Deporte recaerá en la Dirección General del Área, o en su defecto, en la persona que ostente la Jefatura del Servicio Técnico Deportivo.

  • Órgano de resolución: La competencia para la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones del Área de Deporte corresponde al Concejal Delegado del Área de Deporte.

Otros datos de interés

Consultar las líneas de actuación en el artículo 4 de la Convocatoria General de Subvenciones de Concurrencia Competitiva.

¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento con certificado digital:

  • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.

  • Acceda al trámite: http://sede.malaga.eu Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Área de Deporte para Federaciones y clubes sin ánimo de lucro:

    Para línea 1 a 4: Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Área de Deporte para Federaciones y Clubes sin ánimo de lucro (Área de Deporte)

  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
  • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
  • Subsanar la documentación, encaso de ser requerida por la Administración. En un plazo de 10 días desde su notificación
  • La propuesta de resolución provisional se le notificará a los interesados mediante exposición en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento, localizado en la página WEB de este Ayuntamiento.
  • Desde la publicación en el tablón se dispone de 10 días para la presentación de alegaciones.
  • La resolución definitiva será notificada debidamente a los interesados a los efectos previstos en la normativa de aplicación.
  • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta

Legislación aplicable: