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RECAUDACIÓN. Embargo de Cuentas Corrientes. Levantamiento de embargo de cuentas corrientes por ingresos inembargables o por pago de la deuda.

Trámite electrónico que permite a los interesados la consulta y solicitud de levantamiento del embargo, de manera telemática, para los casos en los que se produzca embargo de cuentas corrientes abiertas en entidades bancarias sobre saldo provenientes de sueldo, salario o pensión y pudiera corresponder levantamiento del mismo en función de lo marcado en el art. 607 de la LEC, o para aquellos casos en que se haya procedido al pago de la deuda, con objeto de agilizar al máximo su tramitación, dado lo reducido de los plazos para realizar estos.
Se obtiene la correspondiente solicitud y permite la aportación de los documentos relevantes para resolución.

¿Quién lo puede solicitar?

La persona física titular de la orden de embargo y la persona física representante del titular de la orden de embargo.

  • Fecha de solicitud: Sólo serán atendidas todas aquellas SOLICITUDES QUE NO SOBREPASEN LOS 15 DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA FECHA DE LA TRABA por la entidad bancaria. Pasado estos días será necesaria la presentación del correspondiente RECURSO DE REPOSICION CONTRA ACTOS TRIBUTARIOS.

Documentación necesaria

La documentación a aportar para la resolución de esta solicitud será la siguiente:

  • FORMULARIO DE SOLICITUD Levantamiento de embargo de cuentas corrientes por ingresos Inembargables o por pago de deuda.
  • DOCUMENTO BANCARIO en el que ACREDITE TANTO EL NÚMERO DE LA CUENTA COMO LA TITULARIDAD DE LA MISMA Y SE DETALLEN LOS MOVIMENTOS DE LOS DOS MESES ANTERIORES HASTA LA FECHA DEL EMBARGO, CON DETALLE DE SALDO DESPUÉS DE CADA MOVIMIENTO.
  • JUSTIFICANTES QUE ACREDITEN LOS INGRESOS EN LA CUENTA EMBARGADA y que motiva el saldo que ha sido embargado. Si estos ingresos provienen de sueldo, salario o pensión, podrá documentarlo de la siguientes maneras: 1. Nómina o certificado del órgano pagador. 2. Justificante bancario del ingreso, siempre que quede acreditada la naturaleza del mismo (salario, pensión, desempleo) y en el que conste tanto el origen del ingreso como el destinatario del mismo.
  • ACREDITACION DE LA REPRESENTACION. En caso de actuación mediante representante, es necesaria acreditación suficiente de esta representación. Puede descargar un modelo de acreditación aquí.
  • JUSTIFICANTE DEL PAGO DE LA DEUDA (en caso de que así sea.)

Sobre la documentación a aportar

  • Solo se admite documentación en formato pdf.
  • No serán admitidas las capturas de pantalla de dispositivos electrónicos. (móviles, ordenador, etc..).
  • Asegúrese que la documentación es legible y entendible, sin enmiendas o tachaduras y que es completa.
  • Serán archivadas, sin más trámites, las solicitudes que no se atengan a lo dispuesto en esta información.

Otros datos de interés

  • Computan todos los ingresos, no sólo los salariales.
  • Si los ingresos son de cónyuge o pareja, es importante que señale en la solicitud su régimen económico (gananciales o separación de bienes).
  • El ingreso mínimo vital, las prestaciones por desempleo y las demás ayudas y prestaciones públicas recogidas en el artículo 4 del R.D. Ley 9/2015, de 10 de julio (renta mínima de inserción, ayudas destinadas a colectivos de exclusión social, etc.) serán consideradas como una percepción más a efectos de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  • Las becas al estudio y las prestaciones por dependencia son inembargables.

    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    gestrisam.malaga.eu

    Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Málaga:
    sede.malaga.eu

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Procedimiento presencial en las oficinas de GESTRISAM.
  • CUMPLIMENTAR EL FORMULARIO DE SOLICITUD (Enlace al impreso) y entregarlo a este Organismo a través del servicio de Registro de Documentos.
  • Adjuntar la documentación requerida.
  • Para mayor agilidad del mismo, asegúrese de adjuntar toda la documentación necesaria indicada en el apartado correspondiente.

Procedimiento con certificado digital:

Lugares de tramitación



Legislación aplicable: