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CONVOCATORIA CONCURSOS Y PREMIOS "MÁLAGA CIUDAD IGUALITARIA 2022". X Concurso sobre Igualdad de Género "CUÉLATE POR LA IGUALDAD"

La finalidad de este concurso es hacer reflexionar al alumnado y sensibilizar a la comunidad educativa de los centros de Educación Primaria y Secundaria de Málaga capital, sobre la corresponsabilidad, la igualdad entre mujeres y hombres, niñas y niños, en todos los ámbitos. En definitiva, intentar fomentar entre el alumnado valores relacionados con la igualdad de género.



Los premios "Cuélate por la Igualdad" se convocan en dos líneas y se
concederá un único premio en cada una de ellas:



LÍNEA 1: relato en forma de cuento, que cumpla los requisitos contenidos en la bases en cuanto a extensión y formato, para el alumnado de 5º ó 6º de Enseñanza Primaria.



LÍNEA 2: relato en forma de comic, que cumpla los requisitos indicados en las bases en cuanto a extensión y formato, para el alumnado de 1º ó 2º de Educación Secundaria.


Este Concurso esta dotado con un premio de Videoconsola, para la línea 1 y Tablet para la línea 2; así como un lote de libros coeducativos en ambas líneas.



Se concederá un único premio por categoría, cuya financiación se hará a cargo de la partida 27.2314.48102 PAM 2302 del presupuesto de 2022.


Fuera de plazo

¿Quién lo puede solicitar?

La participación del alumnado se realizará a través de sus respectivos centros escolares.
Las Solicitudes de participación, serán presentadas por el profesorado. Cada profesor/a aportará en su solicitud las obras de cada uno de los alumnos/as de su clase que deseen participar, de forma individualizada y con la correspondiente autorización o consentimiento de participación de sus progenitores o responsables legales.

  • Fecha de solicitud:El plazo de presentación será de 60 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de esta convocatoria en el BOP. Desde el 30 de septiembre al 28 de noviembre de 2022, ambos inclusive.
  • Plazo de resolución:El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses desde la publicación de esta convocatoria según la legislación vigente.
  • Plazo de validez y recurso:La resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer las acciones que procedan ante la jurisdicción competente, pudiendo no obstante, interponer con carácter previo y potestativo, recurso de reposición.

Documentación necesaria

* Solicitud debidamente cumplimentada por el profesor/a de centro educativo.
* Documento que contenga el desarrollo de la obra o iniciativa presentada a concurso, que debe cumplir los requisitos especificados en el Anexo II.
* Declaración responsable, donde el padre/madre/representante legal autoriza la participación de la persona titular de la obra y da consentimiento para la difusión de imágenes por su parte al Área, con fines de promoción y educativos.

Silencio Administrativo

  • Órgano de instrucción: La competencia para la instrucción del procedimiento de concesión de los premios recaerá sobre la Dirección del Área, y en su caso, por empleado público que designe el Teniente de Alcalde Delegado del Área de Derechos Sociales
  • Órgano de resolución: Corresponde la resolución del procedimiento de concesión de los premios al Tte. Alcalde Delegado del Área de Derechos Sociales, por delegación de la Junta de Gobierno Local.

Otros datos de interés

En todo lo no previsto en las Bases será de aplicación, con carácter supletorio, la ley 38/2003 de 17 de noviembre, General del Subvenciones y el Reglamento que la desarrolla, la legislación en materia de Régimen Local que resulte de aplicación, las bases de ejecución del presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como cuantas normas de carácter general o procedimental resulten de aplicación.

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Cumplimentar el formulario de solicitud y recopilar la documentación pertinente del alumnado participante (obra y autorización progenitores).
  • Personarse en alguna oficina de tramitación (preferentemente Área de derechos Sociales) y entregar la solicitud/es y la documentación adicional para su registro.
  • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración
  • Convocar la reunión del Jurado conformado para valorar las candidaturas presentadas
  • Levantar acta con el fallo del Jurado con la información de la persona premiada en cada línea
  • Elevar resolución de la convocatoria en base al dictamen del jurado
  • Notificar la Resolución a las personas premiadas, a través de la información por correo electrónico que se dirige al centro escolar donde curse sus estudios.

Procedimiento con certificado digital:

Lugares de tramitación



  • La documentación requerida se presentará preferentemente en el Área de Derechos Sociales, Igualdad, Accesibilidad, Políticas inclusivas y Vivienda del Excmo. Ayuntamiento de Málaga sita en C/ Concejal Muñoz Cerván, nº 3 Módulo 3 segunda planta, 29003 Málaga.

Legislación aplicable:

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre

    La base 32ª de las de Ejecución del Presupuesto establece la aplicación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Reglamento que la desarrolla aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, a las subvenciones, ayudas y transferencias procedentes de fondos municipales. Asimismo en el punto 4.1 de la mencionada base se establece que Las ayudas o subvenciones en especie quedarán sujetas a la Ley y Reglamento General de Subvenciones aclarando en el punto 2 que se entenderán por ayudas o subvenciones en especie a) Los premios, trofeos y otros galardones obtenidos por el beneficiario en virtud del resultado de un procedimiento de concurrencia competitiva.

  • Ley 39/2015 de 1 de octubre

    Tiene por objeto regular los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, incluyendo el sancionador y el de reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas. En general regula las relaciones entre las Administraciones y los administrados.