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MULTAS ORD.CONVIVENCIA Y OTRAS (no Tráfico). Consulta de expedientes y obtención de documentos de pago

Expedientes sancionadores por infracciones a:

    - Ord. Convivencia ciudadana y protección del espacio urbano. - Ord. Ruidos y vibraciones (1) - Ord. Bienestar, protección y tenencia responsable de los animales (1)(2) - Ord. Limpieza de espacios públicos (1) - Ord. Ocupación de la vía pública (1) - Ord. Venta ambulante (1) - Ord. Quioscos y otras instalaciones similares en la vía pública (1) - Ord. Feria de Málaga (1) - L.O. 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, en lo relativo a la ocupación de la vía pública para la venta ambulante (art.37.7).
(1) Sólo si la sanción es pecuniaria y no hay medidas cautelares distintas a la mera incautación de productos o elementos. (2)Sólo infracciones leves. IMPORTANTE: Este trámite NO es de aplicación a las infracciones de TRÁFICO.

¿Quién lo puede solicitar?

La persona infractora.
Podrá actuar a través de representante previo otorgamiento de su representación al mismo, para ello deberá cumplimentar y remitir el siguiente documento firmado digitalmente por ambos. También podrá otorgarla personalmente, firmando el impreso en persona ante funcionario de este Organismo o mediante poder notarial.Puede acceder al modelo del impreso desde este enlace, acceda a la pestaña impresos en la nueva ventana que se abrirá.

Si sólo desea pagar el expediente, cualquier persona que lo identifique podrá recibir un documento de pago para ello.

  • Fecha de solicitud: En cualquier momento.
  • Plazo de resolución: Inmediato.

Documentación necesaria

  • Copia del documento de identidad en vigor.
    • Ciudadanos de nacionalidad española (*): DNI o permiso de conducir.
    • Extranjeros ciudadanos de la Unión Europea: documento de identidad de su país de origen.
    • Extranjeros extracomunitarios: NIE (*) o pasaporte.
    • Personas jurídicas: CIF, escritura de constitución, poder de representación/autorización y documento de identidad del representante/autorizado.

    • (*) Las personas físicas poseedoras de documentos de identidad emitidos por las autoridades españolas (DNI, NIE, etc.) no necesitan aportarlo pues esta Administración podrá accederlos directamente. En cualquier caso puede oponerse a ello, debiendo entonces exponerlo de forma fundada y aportar copia del documento de identidad.

    Otros datos de interés

    IMPORTANTE:
    Este trámite NO es de aplicación a las infracciones de TRÁFICO.

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

Procedimiento telefónico:

  • Se le requerirán los siguientes datos: nombre y apellidos, DNI, domicilio y fecha y lugar de la infracción. También podrá dar el código CSV de algún documento que tenga del procedimiento.

Procedimiento sin certificado digital:

  • Mediante correo electrónico
    Deberá comunicar los siguientes datos: nombre y apellidos, DNI, domicilio y fecha y lugar de la infracción. También podrá dar el código CSV de algún documento que tenga del procedimiento.

Procedimiento con certificado digital:

  • Por internet, con certificado digital en su Carpeta Ciudadana.

Lugares de tramitación



Legislación aplicable: