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ICIO. Bonificación por Obras de Especial Interés para viviendas de protección oficial

Bonificación del 50% sobre la cuota del impuesto tras la aplicación de la bonificación por obras de especial interés, para las construcciones, instalaciones u obras realizadas por empresas u organismos íntegramente dependientes del Ayuntamiento de Málaga.

¿Quién lo puede solicitar?

Los dueños de las construcciones, instalaciones u obras que se refieran a Viviendas de Protección Oficial acogidas al Plan Municipal de Suelo.

  • Fecha de solicitud: Se deberá efectuar la solicitud con anterioridad, en todo caso, a la fecha de finalización de la construcción, instalación u obra.

Documentación necesaria

La misma aportada para la obtención de la Licencia de Obras.

Otros datos de interés

Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
www.gestrisam.malaga.eu

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Presentar la solicitud y documentación en las oficinas tramitadoras.
  • Tras la tramitación interna de la solicitud se dará traslado al interesado sobre la resolución adoptada (concediendo o denegando la bonificación).

Procedimiento con certificado digital:

  • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
  • Acceda al trámite: ICIO. Bonificación por obras de especial interés para viviendas de protección Oficial.
  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
  • Iniciar tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
  • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
  • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

Lugares de tramitación



Legislación aplicable: