IAE. Exención según artículo 82.1 e) y f) R.D. Legislativo 2/2004
Exención en el IAE por ser organismo público de investigación, o establecimiento de enseñanza financiado íntegramente con fondos públicos o en régimen de concierto educativo, y asociaciones y fundaciones de disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales.
¿Quién lo puede solicitar?
Los Organismos públicos de investigación; los establecimientos de enseñanza en todos sus grados costeados íntegramente con fondos públicos; los establecimientos de enseñanza en todos sus grados que, careciendo de ánimo de lucro, estuvieren en régimen de concierto educativo; y las asociaciones y fundaciones de disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales, sin ánimo de lucro, por las actividades de carácter pedagógico, científico, asistenciales y de empleo que para la enseñanza, educación, rehabilitación y tutela de minusválidos realicen.
- Fecha de solicitud:Cualquier momento del ejercicio.
- Plazo de resolución:6 meses.
La exención tendrá efecto, una vez aprobada por el Ayuntamiento, en el mismo periodo impositivo en el caso de ser presentado con el Alta en el censo del IAE; en caso contrario, tendrá efecto en el padrón del año siguiente al que se presente la solicitud. - Plazo de validez y recurso:Indefinido.
Documentación necesaria
- Impreso debidamente cumplimentado y firmado; o bien a través del modelo de Declaración Censal del IAE en las altas y variaciones.
- Copia de la Escritura Social o Estatutos.
- Si se tramita por el artículo 82.1 e): copia del documento para la formalización del concierto educativo o del convenio de colaboración con la Junta de Andalucía en materia de Formación Profesional Ocupacional.
- Si se tramita por el artículo 82.1 f): inscripción en el registro administrativo correspondiente de asociaciones dedicadas al cuidado o asistencia de disminuidos, con carácter benéfico.
Otros datos de interés
Oficina tramitadora:
Oficinas de Atención Integral al Ciudadano
Responsable de la gestión:
Servicio de Gestión Tributaria
Departamento de Gestión de Tributos
Negociado de Gestión del IAE/BAE
Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
gestrisam.malaga.eu
¿Cómo realizar el trámite?
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Presentar la documentación requerida en las oficinas tramitadoras.
En caso de no aportar toda la documentación necesaria junto a la solicitud, deberá hacerlo en un plazo máximo de 15 días, entendiéndose desistida la petición si no es aportada dicha documentación. - Se tramitará internamente la solicitud, notificándose al interesado la resolución (concediendo o denegando), indicándose asimismo los plazos y tipos de recursos que caben contra dicha resolución.
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
- Acceda al trámite: IAE. Exención según artículo 82.1e) y f)R.D. Legislativo 2/2004.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Lugares de tramitación
-
Edificio Tabacalera - Módulo 1. O.A. Gestión Tributaria
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
17
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
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Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Málaga Centro)
CALLE LA MERCED,
1
(DISTRITO CENTRO)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Puerto de la Torre)
CALLE VÍCTOR HUGO,
1
(DISTRITO PUERTO DE LA TORRE)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 2 - Málaga Este)
CALLE REAL,
18
(DISTRITO ESTE)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Ciudad Jardín)
CALLE ALCALDE NICOLÁS MAROTO,
18
(DISTRITO CIUDAD JARDIN )
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Bailén-Miraflores)
CALLE MARTÍNEZ MALDONADO,
58
(DISTRITO BAILEN-MIRAFLORES)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Palma-Palmilla)
CALLE DOCTOR GÁLVEZ MOLL,
11
(DISTRITO PALMA-PALMILLA)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Cruz de Humilladero)
CALLE CONDE DE GUADALHORCE,
15
(DISTRITO CRUZ DE HUMILLADERO)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Carretera de Cádiz)
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
15
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Churriana)
PLAZA DE LA INMACULADA,
11
(DISTRITO CHURRIANA)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Campanillas)
CALLE RAMÍREZ ARCAS,
2
(DISTRITO CAMPANILLAS)
-
Junta Municipal de Distrito 11 Teatinos-Universidad - OMAC
CALLE DIEGO LÓPEZ DE ZÚÑIGA,
12
(DISTRITO TEATINOS-UNIVERSIDAD)
Documentación
Legislación aplicable:
Ordenanza Fiscal Municipal nº 2
Artículo 82.1.b del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales
Ley 30/1992 de Procedimiento Administrativo Común