Addthis IMFE

Autorización de funcionamiento Casetas de Feria de Málaga

Procedimiento para regular la autorización de funcionamiento de las Casetas de la Feria de Málaga. Fuera de plazo

¿Quién lo puede solicitar?

Todo los interesados que hayan obtenido previamente la adjudicación por parte de la Delegación de Fiestas.

  • Fecha de solicitud: Hasta el 17 de julio de 2023.
  • Plazo de resolución: Hasta el 11 de agosto de 2023.
    Nota: Se deberá aportar, si procede, certificado final de obras antes del 1 de agosto.

Documentación necesaria

* Solicitud debidamente cumplimentada. (El solicitante deberá coincidir con el adjudicatario)

* Fotocopia del DNI o CIF del Adjudicatario y Autorización del Representante en su caso.

* Documentación Técnica:
- Proyecto Técnico de Instalación para Casetas situadas en el Real de la Feria (1) (2).
- Proyecto Técnico de Instalación (para casetas situadas en el Centro Histórico) o Proyecto Técnico de adecuación (para los Patios Tradicionales o Casas de Hermanad) (1) y (2)

(1) En caso de que la documentación técnica aportada no esté visada por su correspondiente Colegio Oficial en aplicación del RD 1000/2010 se deberá aportar: - Documento acreditativo de la Colegiación profesional, Copia del Seguro de Responsabilidad Civil para el ejercicio profesional y Certificado de no estar inhabilitado.
(2) 1 ejemplar, exclusivamente en formato digital

* Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil; conforme a lo dispuesto en Decreto 109/2005, de 26 de abril (BOJA Nº 92 de 13/05/05). (Póliza y recibo de pago de la prima). La póliza podrá ser sustituida por un Certificado emitido por la Cía. Aseguradora en el que conste de forma fehaciente el cumplimiento del citado Decreto. El Certificado deberá ser rubricado por el Asegurador y el Tomador.

OBSERVACIÓN. En la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil se deberán reflejar, como mínimo, los siguientes datos:
- Titular de la póliza que coincidirá con el Adjudicatario de la Caseta.
- Como Riesgo asegurado Caseta de Feria y "Nombre Comercial''.
- Localización de la actividad (Calle y módulo)
- Referencias expresas a la Ley 13/1999 y Decreto 109/05.
- Sumas aseguradas según aforo.
- Periodo de vigencia.

* Plan de Emergencia y Autoprotección, para aquellas actividades que cumplan las características especificadas en el apartado d) del punto 1 del Anexo 1 del RD 393/07, de 23 de marzo (BOE nº 72 de 24/03/07).

* En su caso, Licencia Urbanística Abreviada para instalaciones y/o construcciones de carácter temporal destinadas a espectáculos y actividades recreativas (escenarios, carpas, gradas, etc.).

Silencio Administrativo

  • Efecto: Desestimatorio
  • Órgano de instrucción: Servicio de Aperturas
  • Órgano de resolución: Teniente de Alcalde Delegada del Área de Comercio, Gestión de la Vía Pública y Fomento de la Actividad Empresarial

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Acudir a las Oficinas del Servicio de Aperturas.
  • Presentar el impreso de Solicitud de Caseta de Feria, según modelo normalizado (por duplicado) debidamente cumplimentado, suscrito por el titular de la actividad o representante autorizado y acompañado de la documentación necesaria. (El solicitante deberá coincidir con el adjudicatario).
  • Obtener copia registrada de su presentación.
  • En caso de que la documentación presentada este incompleta se le requerirá su subsanación mediante notificación por escrito.
  • Una vez realizadas las comprobaciones necesarias, si procede, se emitirá Resolución concediendo la Autorización solicitada y se realizará notificación al interesado.
  • Dicha autorización quedará supeditada su eficacia a una posible inspección.

Procedimiento con certificado digital:

  • Acceda al trámite.
  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
  • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
  • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
  • Una vez realizadas las comprobaciones necesarias, si procede, se emitirá resolución concediendo la Autorización solicitada y se realizará notificación al interesado.
  • Dicha autorización quedará supeditada su eficacia a una posible inspección.

Lugares de tramitación



Legislación aplicable:

  • Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía. (BOJA nº 152 de 31 de diciembre de 1999).

  • Decreto 109/2005. de 26 de abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. (BOJA nº 92 de 13 de mayo de 2005).

  • Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA nº 66 de 7 de abril de 2010).

  • Ordenanza Municipal para la Limpieza de Espacios Públicos y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (BOP nº 93 de 18 de mayo de 2009).

  • Ordenanza Municipal frente a la Contaminación Atmosférica. (BOP de 23 de marzo de 1994).

  • Ordenanza Municipal Reguladora de Accesibilidad del Municipio de Málaga. (BOP nº 35 de 20 de febrero de 2004).

  • Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. (BOE nº 72 de 24 de marzo de 2007).

  • Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios de Málaga (BOP nº 40 de 2 de marzo de 2010).

  • Decreto 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. (BOJA nº 36 de 21 de febrero de 2003).

  • Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el Catálogo de EEPP, AARR y EP de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre. (BOP nº 150 de 3 de agosto de 2018)

  • Decreto 211/2018, de 20 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento General de la Admisión de Personas en los EEPPyAARR, aprobado por el Decreto 10/2003, de 28 de enero. (BOJA nº 230 de 28 de noviembre de 2018).

  • Ordenanza Municipal para la Prevención y Control de ruido y vibraciones (BOP nº 94 de 19 de mayo de 2009).

  • Ordenanza Nº 16. Tasa por la realización de Actividades Administrativas con motivo de la Apertura de Establecimientos. (BOP nº 245 de 23 de diciembre de 2015).

  • Ordenanza Municipal de la Feria de Málaga (BOP nº 136 de 16 de julio de 2018).