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CERTIFICADOS E INFORMES. Informe y/o certificado de deuda e informe de inscripciones tributarias

Informe y/o certificado de deuda pendientes de pago / Informe sobre los conceptos por los que una persona tributa al Ayuntamiento de Málaga.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier persona, física o jurídica.

Documentación necesaria

  • Identificación del titular (original de DNI, tarjeta de residencia, permiso de conducción o pasaporte), vigente.
  • Si no es el titular, deberá presentar autorización y copia de documentos identificativos del interesado y autorizado.
  • Si es una persona jurídica: copia de poder de representación o autorización, copia de escritura de constitución, copia de documento identificativo de representante, y en su caso, de autorizado y otorgante, y copia de tarjeta de identificación fiscal.

Otros datos de interés

Responsable de la gestión:

Informes de deuda: Servicio de Recaudación.

Informes sobre tributos: Subdirección de Atención al Ciudadano - Dpto. de Atención Administrativa.

Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
http://gestrisam.malaga.eu

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Presentar la documentación en las oficinas de Gestión Tributaria.
  • Se le entregará el informe.
  • También podrá solicitarlo en una OMAC. En tal caso, podrá retirar el informe unos días más tarde en la misma oficina donde lo solicitó.

Procedimiento con certificado digital:

  • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
  • Acceda al trámite: Certificado de deuda.
  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
  • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
  • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
  • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

Lugares de tramitación



Legislación aplicable: