Subvención a entidades educativas con programas de becas de comedor escolar para alumnos en riesgo de exclusión social.
El objeto de esta convocatoria es la concesión de una subvención para sufragar los gastos de comedor escolar a los centros educativos con servicio de comedor escolar para alumnos en riesgo de exclusión social. Fuera de plazo
¿Quién lo puede solicitar?
Todos los centros educativos del municipio de Málaga, o aquellas fundaciones, instituciones o sociedades, entre otras, que estén integradas por centros educativos del municipio de Málaga. Además, deberán contar con servicio de comedor con alumnos matriculados en enseñanzas obligatorias que presenten especiales dificultades económicas. ESTA CONVOCATORIA NO SE PODRÁ SOLICITAR DE MANERA INDIVIDUAL POR LAS FAMILIAS.
- Fecha de solicitud:Del 18 de septiembre al 8 de octubre de 2024
- Plazo de resolución:El plazo máximo para resolver y notificar el acuerdo será de tres meses a contar desde la publicación de la presente convocatoria en el BOP. Dicho plazo podrá ampliarse de forma motivada por la Concejala de Educación por un máximo de dos meses.
- Plazo de validez y recurso:La resolución definitiva pondrá fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra ella recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que haya dictado la Resolución.
Documentación necesaria
La entidad educativa deberá aportar la siguiente documentación:
1. Solicitud debidamente cumplimentada.
2. Documento original de aportación de datos bancarios, certificado emitido por la entidad bancaria.
3. Proyecto firmado por el Director de la entidad educativa
4. En caso de oponerse en la solicitud a que este Ayuntamiento recabe los datos pertinentes para ser beneficiarios, se deberá aportar: Certificados del Centro de estar al corriente con la Agencia Tributaria (AEAT),Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y Ayuntamiento de Málaga(Gestrisam)
Silencio Administrativo
- Órgano de instrucción: Dirección General de Educación, Juventud y Fomento de Empleo del Ayuntamiento de Málaga
- Órgano de resolución: La Concejala de Educación y Fomento del Empleo por delegación de la Junta de Gobierno Local
¿Cómo realizar el trámite?
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
- Acceda al trámite en la sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga: http://sede.malaga.eu
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
- Adjuntar solicitud y proyecto cumplimentados y firmados, así como la documentación anexa necesaria.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Documentación
Legislación aplicable:
Otra legislación
Demás disposiciones aplicables
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS)
Puede consultar la Ley aquí
Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio
Puede consultar la Ley aquí
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Puede consultar la Ley aquí
Regulación sobre subvenciones contenida en las Bases de Ejecución del Presupuesto General vigente en la parte en que le sean aplicables
Puede consultar la Ley aquí