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Subvención a entidades sin ánimo de lucro para el apoyo a su gestión de reparto de productos de primera necesidad. 2024

El objeto de la presente Convocatoria es la regulación de la concesión de subvenciones a las asociaciones y entidades tanto acreditadas como Organizaciones Asociadas de Reparto, OAR, como a otras Entidades que puedan justificar la capacidad y experiencia en reparto de alimentos obtenidos por medio de otros Planes, y cuya finalidad es el apoyo y colaboración con los costes económicos que el normal funcionamiento de las entidades les supone; en definitiva, una medida de refuerzo a la labor que las mismas vienen desarrollando por ser entidades así reconocidas de reparto de alimentos que les permita la estabilidad del proyecto así como la atención e intervención continua con las familias, pretendiendo contribuir a la superación de la situación de vulnerabilidad y dificultad social Fuera de plazo

¿Quién lo puede solicitar?

Podrán ser solicitantes/beneficiarios las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que, cumpliendo los siguientes requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ordenanza Reguladora de la Concesión de Subvenciones en Régimen de Concurrencia Competitiva a entidades sin ánimo de lucro y que cumplan con la presentación de la documentación que se solicita en este convocatoria.

  • Fecha de solicitud:El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
  • Plazo de resolución:El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses desde la publicación de esta convocatoria en el boletín correspondiente.

Documentación necesaria

Las asociaciones y entidades deberán presentar la solicitud de subvención en la sede electrónica municipal, adjuntando la documentación acreditativa:  Acrediten documentalmente su condición de Organización Asociada de Reparto participante en el Programa de Ayuda alimentaria del Fondo de Ayuda Europea para las Personas más desfavorecidas (FEAD) o justifiquen documentalmente que son entidades que cuentan con capacidad y experiencia en la prestación y cobertura alimentaria por medio de otros Planes, durante un periodo mínimo de 9 meses al año a lo largo de los últimos 5 años y además lleven a cabo acciones de acompañamiento social a las familias atendidas en Málaga capital.  Acrediten la disponibilidad de al menos 10 personas voluntarias, siendo número suficiente y adecuado para la gestión del proyecto. Asimismo, deberá constar el compromiso de la persona voluntaria en la participación del proyecto a ejecutar.  Acrediten, mediante contrato vigente (compraventa, cesión, alquiler¿.),la disponibilidad de espacio

Silencio Administrativo

  • Efecto: Desestimatorio
  • Órgano de instrucción: DIRECCIÓN GENERAL DEL ÁREA DE DERECHOS SOCIALES, IGUALDAD, ACCESIBILIDAD Y POLITICAS INCLUSIVAS.
  • Órgano de resolución: TENIENTE ALCALDE DELEGADO DEL ÁREA DE DERECHOS SOCIALES, IGUALDAD, ACCESIBILIDAD, POLITICAS INCLUSIVAS Y VIVIENDA.

¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento con certificado digital:

  • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
  • Acceda al trámite en la sede electrónica.
  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
  • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
  • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
  • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.