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MULTAS ORD.CONVIVENCIA Y OTRAS (no Tráfico). Sustitución del pago de la sanción por medidas alternativas.

Solicitud de sustitución del pago de la sanción pecuniaria de expediente sancionador por infracción a la Ordenanza municipal para la garantía de la CONVIVENCIA CIUDADANA y la protección del espacio urbano de la ciudad de Málaga por medidas alternativas, como asistencia a charlas y cursos relacionados con la convivencia ciudadana, o la realización de trabajos en beneficio de la comunidad.

¿Quién lo puede solicitar?

IMPORTANTE:
Este trámite NO es de aplicación a las infracciones de TRÁFICO.
Si lo usa para ellas será inadmitido y archivado directamente.

La persona infractora.
Podrá actuar a través de representante previo otorgamiento de su representación al mismo, para ello deberá cumplimentar y remitir el siguiente documento firmado digitalmente por ambos. También podrá otorgarla personalmente, firmando el impreso en persona ante funcionario de este Organismo o mediante poder notarial.Puede acceder al modelo del impreso desde este enlace, acceda a la pestaña impresos en la nueva ventana que se abrirá.

  • Fecha de solicitud: Desde la comisión de la infracción hasta un mes después de haberse impuesto la sanción.
  • Plazo de resolución: Durante el mes siguiente a la solicitud se le emplazará a la actividad asignada o se le comunicará su inadmisión.

Documentación necesaria

o Impreso debidamente cumplimentado y firmado.
o Los menores de edad deberán contar con autorización de sus padres o tutores y aportar fotocopia del libro de familia o del documento que acredite la representación legal.
o Fotocopia del documento de identidad en vigor.
- Ciudadanos de nacionalidad española (*), DNI o permiso de conducir.
- Los ciudadanos de la Unión Europea deberán aportar el documento de identidad de su país de origen. Los extracomunitarios podrán aportar el NIE (*) o el pasaporte.

(*) Las personas físicas poseedoras de documentos de identidad emitidos por las autoridades españolas (DNI, NIE, etc.) no necesitan aportarlo pues esta Administración podrá comprobar sus datos de identidad en la entidad emisora de los mismos. No obstante puede oponerse a ello, lo que tendría que exponer de forma fundada en este trámite y aportar la copia del documento de identidad.

Otros datos de interés

IMPORTANTE:
Este trámite NO es de aplicación a las infracciones de TRÁFICO.
Si lo usa para ellas será inadmitido y archivado directamente.

  • Son requisitos para su admisión que la infracción sea leve, que el infractor tenga entre 14 y 29 años de edad y que sea la primera vez que lo solicita para una infracción de ese tipo.
  • La admisión a trámite implica el reconocimiento de la responsabilidad del denunciado en los hechos, con independencia de que cumpla o no la actividad asignada.
  • Para el cálculo de la duración de la actividad asignada se hará la correspondencia de 2 horas por cada 50 euros del importe de la sanción. Dicho importe será reducido en un 40% si la solicitud se formula antes de imponerse la sanción o del 50% en los primeros 15 días tras la denuncia.
  • Es conveniente indicar un número de teléfono o una dirección de correo electrónico para comunicarle la fecha y lugar de la actividad a realizar.

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

Procedimiento con certificado digital:

  • Por internet con certificado digital en su Carpeta Ciudadana.

Lugares de tramitación



Legislación aplicable:

  • Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora por comisión de infracciones leves competencia del Ayuntamiento de Málaga (REPSIL)

    Acceso a la página de la ley.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    Acceso a la página de la ley.