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PLUSVALÍA. Comunicación del adquirente a efectos del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (SOLO PARA ADQUIRENTES-COMPRADORES, EN OPERACIONES INTER VIVOS)

NOTA IMPORTANTE: EL TRÁMITE DESCRITO A CONTINUACIÓN TIENE COMO FINALIDAD EXCLUSIVA FACILITAR EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE LOS ADQUIRENTES-COMPRADORES, EN LAS OPERACIONES INTER VIVOS, ASÍ COMO SUS TRÁMITES ANTE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD. EN NINGÚN CASO EL IMPRESO-FORMULARIO ASOCIADO AL MISMO (MOD.081) SERVIRÁ PARA INSTAR SOLICITUDES DE LIQUIDACIÓN NI PRESENTAR DECLARACIONES POR CUENTA DEL OBLIGADO TRIBUTARIO - TRANSMITENTE, PERMANECIENDO LA OBLIGACIÓN DE ESTE DE PRACTICAR LA AUTOLIQUIDACIÓN O PRESENTAR LA DECLARACIÓN EN LOS PLAZOS Y CON LOS REQUISITOS RECOGIDOS EN LOS ARTÍCULOS 17 Y 18 DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO. (NOTA INCLUIDA EN EL PROPIO MODELO).
La comunicación habrá de ser presentada dentro de los treinta días hábiles a contar desde la transmisión de terrenos o inmuebles de naturaleza urbana, sujetos al impuesto.

¿Quién lo puede solicitar?

Los obligados a la presentación de la comunicación que, en este caso, son los adquirentes de los terrenos o inmuebles, o sus representantes.

  • Fecha de solicitud: Dentro de los treinta días hábiles a contar desde la transmisión.

    Importante.
    La comunicación realizada a través del modelo 081 será solo a los efectos de que por el O.A. de Gestión Tributaria se tenga conocimiento de la existencia de la transmisión recogida el mismo, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 19 de la Ordenanza Fiscal reguladora de dicho Impuesto y 110.6 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

    El uso de la presente comunicación, una vez presentada ante el O.A. de Gestión Tributaria, como justificante para la inscripción de un documento en el Registro de la Propiedad, no suprime en ningún caso la obligación del correspondiente sujeto pasivo de practicar la autoliquidación o presentar la declaración en los plazos y con los requisitos recogidos en los artículos 17 y 18 de la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto.

Documentación necesaria

Impreso de comunicación cumplimentado y firmado, puede obtenerlo pulsando aqui.

Otros datos de interés

Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
gestrisam.malaga.eu

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Procedimiento presencial:
    • Acudir a las Oficinas Tramitadoras.
    • Entregar la documentación requerida.
    • Por correo: También podrá presentar la comunicación enviándola por correo certificado al Organismo Autónomo de Gestión Tributaria en Av. Sor Teresa Prat, 17 - C.P. 29003 - Málaga.

    Procedimiento con certificado digital:

Legislación aplicable: