Subvención pública extraordinaria para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva dirigidas al apoyo de los establecimientos hoteleros de Málaga afectados por la crisis sanitaria del COVID-19
Esta convocatoria se realiza de forma extraordinaria, como apoyo económico a los establecimientos hoteleros de Málaga, para paliar el impacto negativo ocasionado en uno de los sectores más afectados por la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, y contribuir a amortiguar la reducción drástica de ingresos causados entre otros motivos por las restricciones a la movilidad y las medidas adoptadas por las autoridades que han implicado suspensión de parte de la actividad económica, favoreciendo de esta forma a que se produzca lo antes posible una reactivación de la economía de nuestra ciudad.
Estado tramitación: Publicación notificación RESOLUCIÓN DEFINITIVA.
Fuera de plazo
¿Quién lo puede solicitar?
Podrán ser beneficiarios aquellos establecimientos hoteleros que ejerzan su actividad en el municipio de Málaga y que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
- Fecha de solicitud: Las solicitudes para participar en el presente procedimiento habrán de presentarse desde el 12 de julio al 6 de agosto, ambos inclusive
- Plazo de resolución:El plazo máximo para resolver y notificar el acuerdo será de seis meses a contar desde el siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
- Plazo de validez y recurso:Pondrá fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra él recurso potestativo de reposición en el Área de Turismo y Promoción de la Ciudad en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que haya dictado la resolución o bien recurrir directamente ant
Documentación necesaria
La tramitación se realizará exclusivamente por la SEDE ELECTRÓNICA. Además de la cumplimentación de la SOLICITUD NORMALIZADA, que incluye los datos identificativos del beneficiario, declaración responsable y autorización expresa para recabar certificados de estar al corriente en obligaciones tributarias con AEAT, TGSS y Gestrisam, se debe incorporar la siguiente documentación:
- Copia de la Inscripción en el Registro de Empresas Turísticas de la Comunidad Autónoma.
- Para el criterio de la reducción en la facturación deben aportar, según proceda, documentación acreditativa de las declaraciones anuales de IVA, Impuesto de Sociedades, IRPF o cualquier otro tributo al que estén sujetos de los años 2019 y 2020.
- En caso de oposición a que el órgano gestor recabe los certificados a emitir para la comprobación de las obligaciones tributarias, deben presentar también certificados de estar al corriente con:
o Agencia Estatal de Administración Tributaria
o Tesorería General de la Seguridad Social
o Gestrisam
Obligaciones económicas
Compromiso de mantener, como mínimo, la actividad empresarial en Málaga por la que recibieron la subvención hasta el 31 de diciembre de 2021.
¿Cómo realizar el trámite?
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
- Acceda al trámite en la sede electrónica.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.